Ciudad de México. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que los contribuyentes tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario y que incumplir con esta obligación fiscal después de ese plazo será motivo de infracción.
En un comunicado, el organismo detalló que desde el 2020, habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto es un requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Las únicas excepciones para este requisito son las personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos, así como las personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica.
A su vez, están exentos los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.
El SAT explicó que el Buzón Tributario es un canal de comunicación, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.
Para habilitar el Buzón Tributario es necesario ingresar al Portal del SAT (sat.gob.mx), dar clic en el botón Buzón Tributario, acceder con RFC y contraseña o e.firma vigente. Elegir la opción de Configuración y llenar el formulario de medios de contacto, donde se registra un correo electrónico y un teléfono celular.
Dentro de las 72 horas siguientes es importante confirmar los medios de contacto. Para ello, se enviará un correo electrónico con una liga de confirmación, a la que se tiene que ingresar para verificar el correo.
Para el número celular, se envía un mensaje SMS con un código, el cual se debe capturar en la opción Configuración del Buzón Tributario.