La Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) saludó la resolución del Tribunal Colegiado de Apelación del Cuarto Circuito en Nuevo León, en la que sentencia a cinco militares por la ejecución extrajudicial de Jorge Antonio Mercado Alonso y Javier Francisco Arredondo Verdugo, estudiantes del Tec de Monterrey, el 19 de marzo de 2010.

El tribunal confirmó la condena de 90 años de prisión dictada por el juzgado cuarto de distrito en materia penal el 13 de octubre de 2023.

En un comunicado, la ONU-DH recordó que los estudiantes Jorge y Javier fueron privados arbitrariamente de la vida dentro del campus de la universidad por elementos del Ejército, quienes adicionalmente alteraron la escena del crimen con el objetivo de simular una agresión en su contra y evadir su responsabilidad.

Explicó que tras un análisis de las pruebas y los argumentos de las partes, el Tribunal concluyó que existían elementos suficientes para confirmar la responsabilidad de los efectivos militares, incluyendo la alteración de la escena del crimen.

La ONU-DH enfatizó que desde hace más de 14 años, las familias de Jorge y Javier, junto con personas y colectivos que las han acompañado, han exigido justicia de forma incansable.

Su digno caminar contra la impunidad, expresó, “es fuente de esperanza para las víctimas de graves violaciones a derechos humanos en México, especialmente para aquellas que han sufrido la privación de la vida de un ser querido en circunstancias similares”.

La ONU-DH acogió positivamente esta sentencia que reivindica a las víctimas y a sus familiares, “reconoce explícitamente que Jorge y Javier fueron víctimas de ejecución extrajudicial y recoge la importancia del Protocolo de Minnesota para la investigación de este tipo de casos”.

Indicó que la resolución también evidencia la importancia, por una parte, de contar con autoridades judiciales independientes y profesionalizadas y, por otra, de establecer mecanismos eficaces de control y rendición de cuentas de naturaleza civil sobre la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública.

Asimismo, resaltó que en el contexto de la trascendental decisión judicial emitida, resulta imprescindible recordar “que la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública debe ser temporal, en tanto se adopta un plan de retiro ordenado, inmediato y verificable de estas tareas, al tiempo que se fortalecen las capacidades de los cuerpos de policía civiles”. Refirió que esto ha sido reiterado por múltiples organismos internacionales de derechos humanos.

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