Ciudad de México. La función judicial “implica decidir, interpretando la Constitución de lo que corresponde en derecho y en justicia lo justo, y no necesariamente la decisión más popular ni la más política; de ahí la naturaleza del Poder Judicial como árbitro, como contrapeso y como órgano contramayoritario”, dijo el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, durante la ceremonia solemne en la que se tomó protesta a 62 magistrados y seis jueces del Poder Judicial de la Federación (PJF).

Durante el acto realizado en la sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y el que participaron los plenos de la Corte y del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), Ortiz Mena señaló: “la capacidad de razonar, fundar y argumentar sus resoluciones, así como persuadir o disuadir con ellas, es la autoridad moral del Poder Judicial de la Federación (PJF)”.

Mencionó que la “autoridad moral (del PJF) es un bien público que trasciende a sus integrantes. Si las personas confían en los tribunales, no tendrán incentivos para optar por otros medios no institucionales para cuestionar o combatir, incluso, las decisiones de otros Poderes; además, en el diálogo con los otros Poderes, a quienes el Poder Judicial debe servir por su naturaleza también de contrapeso, se debe participar en un diálogo democrático, defendiendo siempre el contenido, alcance y alcance de los derechos humanos como límites claros y totalmente indisponibles a los otros Poderes. Su labor no será fácil”.

Por ello, dijo que los nuevos jueces y magistrados, “deberán resolver no solo casos complejos entre particulares, sino también tensiones políticas entre Poderes, es decir, deberán fungir como el Poder contramayoritario que, en ocasiones, es el Poder Judicial, y que no está destinado a dar gusto a las mayorías o al Poder en turno, sino a la Constitución. No es gratuito que la duración del puesto de las personas juzgadoras en el Poder Judicial de la Federación, jueces, magistradas y Ministras, no responda a los tiempos de otros Poderes, sumisión frente al Estado mexicano o, mejor dicho, (como parte toral de él) es administrar justicia de manera fundada y razonada, aun en las situaciones más complejas del Estado democrático de derecho”.

Aseguró que la Constitución debe entenderse como “un instrumento vivo, que debe no solo adaptarse a los tiempos actuales en relación con el contenido, alcance y desarrollo de los derechos sustantivos, sino también aplicando una visión argumentativa amplia en el entendimiento de la infraestructura procesal constitucional”, porque “si se entiende una Constitución como un instrumento rígido e inamovible, no se garantizaría la evolución y protección de los derechos humanos, y como se ha dicho en muchas ocasiones, se sometería a los vivos a la tiranía o voluntad de los muertos”,

Ortiz Mena dijo que “el constitucionalismo contemporáneo ha discurrido en un dilema aparentemente difícil de resolver, que involucra las tensiones en todo Estado constitucional, específicamente entre la democracia política y la garantía de los derechos humanos”, y que una de esas dicotomías refiere a un Constitución inamovible y “como un instrumento no rígido”, del que dijo: “entonces la protección de los derechos también estaría en peligro, pues no tendrían —se entiende— un fuerte asidero constitucional”.

Argumentó: “la respuesta que ha dado tanto la doctrina, como el constitucionalismo contemporáneo al cual se ha sumado esta SCJN desde hace más de una década, es el papel interpretativo del Poder Judicial sobre la Constitución, es decir, entenderla como un instrumento vivo que debe no solo adaptarse a los tiempos actuales en relación con el contenido, alcance y desarrollo de los derechos sustantivos, sino también aplicando una visión argumentativa amplia en el entendimiento de la infraestructura procesal constitucional. Con ello no estoy implicando obviar la ley, sino interpretarla en su mejor luz posible”.

Por ello, dijo a los recién designados magistrados y a los nuevos jueces de distrito, que es “fundamental señalar el esfuerzo creativo como deber de los juzgadores y de las juzgadoras de hacer efectivo el derecho, los derechos, en las circunstancias específicas de un tiempo y un espacio permitiéndoles no solo trabajar con criterios nacionales e internacionales, sino aportar nuevos escenarios de concreción a esas disposiciones, la cantidad abrumadora de asuntos que reciben los juzgadores y juzgadoras en este país abre un universo de posibilidades de construcción de derecho que responda tanto a realidades concretas como a preguntas constitucionales muy complejas”.

Expuso a quienes asumieron sus nuevos cargos que “tendrán la difícil misión de dar contenido a la siguiente máxima: el tribunal debe decidir con el mejor derecho aplicable, independientemente de su fuente, y con una robusta argumentación una idea muy cercana a resolver en justicia la aplicación de la Constitución”.

Para Gutiérrez Ortiz Mena, quien habló a nombre del PJF, a jueces y magistrados corresponde “democratiza la toma de decisiones jurisdiccionales, no solo porque más manos participan en su formación, sino porque las personas juzgadoras, en sus diferentes funciones, fungen como el Salomón decidiendo entre dos madres que vea la cara son quienes tienen frente a sí un cuadro con todas sus rigurosidades y detalles, y no una litografía donde los relieves del cuadro no son evidentes”.

Sostuvo que las decisiones que tomen los jueces y magistrados deben ser respetadas “sin alterar el orden que exige que las decisiones sean recurribles o revisables, y sin afectar el derecho de acceso a la justicia”.

 

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