Ciudad de México. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó invalidar, por falta de consulta, la Ley Orgánica Municipal de Michoacán que, entre cosas, reconoce el derecho de los pueblos indígenas a autogobernarse mediante la administración directa de presupuesto.

El estudio del asunto llevó cuatro sesiones escalonadas y llegó al máximo tribunal del país porque los municipios de Zitácuaro y Erongarícuaro alegaron la inconstitucionalidad de las normas.

El ministro Javier Laynez propuso estudiar de oficio si se había consultado a las comunidades para hacer los cambios legislativos. Lo cual fue rechazado por una mayoría de seis votos.

“Estamos analizando oficiosamente la ausencia de consulta , estudio que afecta más la libre determinación y autonomía del pueblo indígena que lo que se pretende garantizar con ese estudio. Los pueblos indígenas son los que están defendiendo la validez de la norma/ querer imponer la forma en que deben ejercer su libre determinación se traduce, creo yo, en colonialismo jurídico”, expuso la ministra Lenia Batres.

El ministro Laynez preparará un proyecto para revisar la legalidad del contenido de las reformas a la Ley; el Acuerdo del Instituto Electoral de Michoacán por el que se valida y define el autogobierno, y el reglamento para la Consulta Previa, libre e Informada para los Pueblos y Comunidades Indígenas.

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