Ciudad de México. El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó ejercer su facultad de atracción para negar la posibilidad de participación de Pablo Lemus Navarro, candidato de Movimiento Ciudadano (MC) a la gubernatura de Jalisco, en los dos debates que restan en ese estado y retirarle la candidatura por presunta violencia de género en contra de la candidata Claudia Delgadillo, de la coalición Morena, PT y PVEM.

En sesión, Sergio Gutiérrez Luna, representante de Morena, expuso la petición de este partido para que los consejeros pudieran atraer el caso, ya que en el debate del 13 de abril pasado Lemus “utilizó este espacio para violentar a la candidata de nuestra coalición”, emitiendo “expresiones que tienen un efecto de denostarla y generar violencia política en contra de las mujeres”.

Indicó que ante una situación “extraordinaria” se requieren medidas iguales, además porque el estado está posicionado en el octavo lugar en “violencia contra las mujeres y permitir que estas conductas de alguien que pretende gobernar ese estado tienden a generar más violencia”.

Al respecto, las consejeras Dania Ravel y Carla Humphrey, así como el consejero Arturo Castillo coincidieron en que de acuerdo con el artículo 124 de la Ley general de instituciones y procedimientos electorales, la facultad de atracción sólo podrá formularse por al menos cuatro de los consejeros electorales del instituto o la mayoría del consejo general del Ople, lo que no se tiene.

Además, el 62 del Reglamento de Elecciones “indica que antes de determinar ejercer la facultad de atracción, la secretaría ejecutiva deberá de allegarse de diversos elementos, dentro de los cuales, los que me parecen indispensables son los dictámenes u opiniones de la propia secretaría ejecutiva de las áreas técnicas como las direcciones ejecutivas , las unidades técnicas, y adicionalmente se requiere la opinión de los organismos públicos locales electorales involucrados”, dijo Ravel.

Sobre la petición de cancelación de candidatura, apuntó que se requiere un procedimiento, “la persona tiene que ser oída y vencida en juicio” y además tiene que estar establecida la sanción de la cancelación o el retiro del registro o negativa.

Así, dijo que el caso corresponde conocerlo al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco. 

Ravel aprovechó también para señalar que “una cuestión congruencia” es hablar “de lo que le está ocurriendo a la presidenta del Instituto Electoral de Guanajuato, que está recibiendo ataques verbales por parte de su candidatura (Morena)”.

Previamente Juan Miguel Castro Rendón, representante de MC, reviró que “los partidos no están legitimados para solicitar se ejerza la atracción”, sino que corresponde al Ople de Jalisco y en su caso las sanciones son dictadas por el Tribunal Electoral.

 

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