El gobierno federal publicó el decreto con el cual se formalizan reformas a los artículos 109 y 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales que garantizan los derechos de los adultos mayores y personas con discapacidad en caso de ser víctimas de un delito, y también cuando sean imputados por la comisión de un ilícito.

A través del Diario Oficial de la Federación se formaliza la reforma que adiciona diversas fracciones al Código Nacional de Procedimientos Penales, en el primer caso se adiciona un segundo párrafo a la fracción XII del artículo 109, y con ello queda establecido que cuando un adulto mayor sea víctima “En caso de tener alguna discapacidad, a que se realicen los ajustes al procedimiento penal que sean necesarios para salvaguardar sus derechos.

“De igual forma, se adaptarán las condiciones que sean necesarias para garantizar el acceso de las personas adultas mayores, cuando así lo requieran”.

En cuanto al artículo 113 se adiciona como derechos del imputado “A solicitar desde el momento de su detención, asistencia social para los menores de edad o personas con discapacidad o personas adultas mayores cuyo cuidado personal tenga a su cargo”.

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