La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforma la Ley Federal del Trabajo que obliga a los empleadores a proveer a su personal de asientos o sillas con respaldo, para que puedan descansar durante la jornada laboral y no estar de píe por horas.
La llamada Ley Silla entrará en vigor a los 180 días naturales siguientes a la publicación en el DOF.
En el artículo 132 de la Ley quedó establecido que son obligaciones de los empleadores proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de todas las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral.
En el caso de descansos periódicos, indica que los asientos o sillas con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo. La misma disposición se observará en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo.
En el artículo 133 igualmente se asienta que la prohibición de obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral y no permitirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.
De acuerdo con el decreto, la STPS deberá emitir las normas correspondientes sobre los factores de riesgos de trabajo en un plazo no mayor a 30 días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.
En otro asunto, la Comisión de Salarios Mínimos publicó en el DOF los salarios mínimos generales y profesionales que habrán de regir a partir del primero de enero de 2025, que anunció la presidenta Claudia Sheinbaum el 4 de diciembre pasado.
Los salarios mínimos se incrementarán en 12 por ciento. Con ello, el general pasa de 248.93 a 278.80 pesos diarios, mientras en la Zona Libre de la Frontera Norte aumenta de 374.89 a 419.87.