Ciudad de México. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzará a aplicar medidas para combatir a las empresas que emiten facturas falsas, informó Alejandro Alcalde Andrade, administrador desconcentrado de Recaudación 1 Norte del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Estamos tratando de modificar las disposiciones para que haya consecuencias no sólo administrativas, sino de otra índole, porque es un tema de evasión fiscal, de las contribuciones que tienen que pagar y no lo están haciendo, comentó a La Jornada.
Es un tema en el que estamos trabajando todavía, tenemos planes y mecanismos para limitar e identificar a este tipo de contribuyentes que de repente no existen, de repente nacen y están emitiendo 3 millones de facturas con una (cierta) cantidad de ingresos. Estamos tomando mecanismos justamente para identificarlos y restringir que puedan emitir comprobantes como tal, agregó.
Indicó que el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación señala el procedimiento para las empresas a las que se imputan operaciones simuladas o inexistentes y que el SAT se encuentra estudiando las líneas de acción.
En su sitio electrónico, el SAT tiene abierto al público en general la lista completa de contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes, toda vez que el artículo 69-B determina que cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.
En este supuesto, procederá a notificar a los contribuyentes que se encuentren en dicha situación por medio de su buzón tributario, de la página de Internet del SAT, así como con la publicación en el Diario Oficial de la Federación, a fin de que aquellos contribuyentes puedan manifestar ante la autoridad fiscal lo que a su derecho convenga y aportar la documentación e información que consideren pertinentes. Los contribuyentes interesados tendrán 15 días a partir de la última notificación para aclarar su situación.
La Jornada informó que en 2022, el SAT notificó a 15 contribuyentes por haber detectado inconsistencias en sus facturas, mientras a noviembre de 2023, la cifra se disparó a 98 (https://bit.ly/3WuXqVM).
Por otra parte, Alcalde Andrade expuso que los adeudos con el SAT tardan poco más de un mes en ser eliminados del Buró de Crédito, luego de que los contribuyentes pagan.
Cuando hay un adeudo fiscal, es considerado por el SAT como cuenta por cobrar, por lo que envía la notificación al Buró de Crédito para que aparezca en el reporte de la persona o empresa que debe esa contribución.
A su vez, el SAT debe notificar al buró cuando el adeudo ha sido cubierto para que sea retirado del historial crediticio, lo cual sucede después de un mes de haberse dado el aviso. Cuando la autoridad determina un crédito fiscal (un adeudo), lo envía a la circunscripción territorial a la que por su domicilio pertenece el contribuyente.