Al declarar la “inconstitucionalidad y la inaplicabilidad” de un artículo del código electoral local, Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la asignación de diputados por representación proporcional.
En una nueva discusión de los artículos constitucionales (54 y 116) que determinan los límites de la sobrerrepresentación y subrepresentación para la asignación de curules plurinominales, los magistrados discutieron si esta se debe hacerse por partido o coalición. Al final, por tres votos a favor y dos en contra, se confirmó la primera opción, es decir, a partir de lo obtenido por cada instituto político.
En el proyecto elaborado por la ponencia del magistrado Felipe Fuentes, se dio la razón al Partido Verde que impugnó el criterio del tribunal local y luego de la Sala Regional del TEPJF con sede en la ciudad de México.
“En cuanto al fondo se considera fundado el agravio relativo a que la Sala responsable realizó una interpretación errónea que no atiende a las bases constitucionales previstas en el artículo 116 de la constitución federal, de la regla de asignaciones de las diputaciones purinominales contenidas en los incisos f y g del artículo 131 de la Ley electoral local”.
Por ello, añade, “al resultar inaplicables las reglas previstas de la ley local y considerando la proximidad de la instalación del congreso de Puebla en la propuesta se realiza la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional por lo que una vez que se corre la fórmula correspondiente y se establecen los límites de sobre y sub representación se tiene que las 15 diputaciones se asignan de la siguiente manera: al PAN, 5; al PRI, una; al PVEM, una; a Movimiento Ciudadano, 1 y a Morena, 7”.
Fuentes dijo en su exposición que “ningún partido llega al límite máximo de 26 diputaciones; en ese sentido consideró que tampoco devendría en inconstitucional o ilegal lo que les estamos proponiendo. Al contrario, viene a corregir una distorsión en la que incurrió la Sala Regional que dicho sea de paso estamos proponiendo corregir también la distorsión del tribunal local”.
La magistrada presidenta, Mónica Soto, dijo que coincide con el proyecto porque “es conforme a la interpretación que hemos dado recientemente en donde ha quedado muy claro que la interpretación en este caso es por partido político y no por coalición. Lo que da certeza jurídica es reiterar los criterios que hemos asumido y sobre todo en este proceso electoral”.
En contra se manifestaron, con diversos enfoques, los magistrados Reyes Rodríguez y Janine Otálora.
El primero recordó que la “coalición encabezada por Morena” ganó todos los distritos, de ahí que no le correspondería el número propuesto de plurinominales. Otálora añadió que el sistema de puebla considera a coaliciones y candidaturas comunes para este reparto.
Al final, con la votación 3-2 se ordenó también informar de la declaratoria a la Suprema Corte de Justicia.
La nueva asignación procedió desde esta Sala Superior del TEPJF porque los legisladores locales de puebla toman posesión este 15 de septiembre.