Ciudad de México. El magistrado Reyes Rodríguez propondrá al Pleno de la Sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dar la razón al Presidente Andrés Manuel López Obrador en cuanto a que no fue correcto que la Comisión de Quejas del INE haya ordenado bajar extractos de la mañanera del 2 de febrero pasado.
En esa conferencia, el mandatario dijo – por ejemplo- que ‘a este movimiento no lo detiene nadie, ya se echó a andar, y lo echó a andar el pueblo, lo echaron a andar millones de mexicanos’ y ‘no es por presumir pero vamos muy arriba’ .
El PRD presentó una queja, al argumentar además que el mandatario planteó la continuidad de su gobierno al señalar que “hay mucha gente que quisiera que yo me quedara…Y les digo: va a seguir lo mismo, v a ser hasta mejor”.
El magistrado Reyes concluyó que se trata de un discurso emitido en el contexto del debate político y no como afectación a la contienda en curso, por lo que es injustificada la medida cautelar, así como la tutela preventiva, aprobadas por los consejeros que integran la Comisión de Quejas.
“Al menos en este caso, bajo la apariencia del buen derecho, los ensajes se trataron de la postura política y crítica del presidente de la república en un contexto de debate público”. En este sentido, añadió el magistrado, las frases no pueden igualarse a una solicitud de voto.
Hace unos días, el magistrado Reyes Rodríguez publicó otro proyecto – que igualmente deberán valorar sus colegas de la Sala Superior- para revocar las medidas del INE que ordenó bajar extractos de la entrevista que el Presidente López Obrador dio a Canal Red, a través de la reportera Inna Afinogenova.
Igualmente, el juez electoral considera que fue incongruente el criterio de la Comisión de Quejas pues el pasado 14 de marzo emitió consideraciones contrarias en un mismo expediente.
Es decir, por un lado dijo que la entrevista quedaba amparada como ejercicio periodístico y a la vez se ordenó modificar la pieza.
“Si la entrevista goza de una presunción de validez, entonces, a partir de un análisis preliminar, debbe declararse la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas en su totalidad”.
Ambos asuntos fueron analizados por el magistrado luego de que la Presidencia de la República presentó un recurso frente a la determinación de la Comisión de Quejas del INE.
Las resoluciones de la Sala Superior son definitivas e inapelables, pues es la máxima instancia en materia electoral.