Tras 30 años regresamos al pasado. Antes de la reforma judicial de 1994 para ser juez o magistrado federal no hacía falta aprobar un concurso ni mostrar méritos, sólo se requería la propuesta de un ministro. A finales de 1994 se estableció la carrera judicial para llegar a juzgador mediante exámenes.

La reciente tómbola judicial donde se destituyó a cientos de jueces y magistrados sin un proceso administrativo que acreditara causas jurídicas para su remoción, obedece a una intención política y no a una falta jurídica de los representantes judiciales del estado federal. Ello deriva de que el consejo de la judicatura federal cambiara su papel de órgano administrativo judicial a órgano administrativo político.

Ante decenas de suspensiones judiciales que impedían la aplicación de la reforma judicial, resoluciones jurídicas que deben ser obedecidas bajo pena de cometer un delito federal, el pleno del consejo sesionó, decidió desobedecerlas y remitió listas con nombres y cargos para echar a andar la tómbola que establecería qué juez saldrá el próximo año. Un asunto que define al estado mexicano termina en la representativa burla del presidente del senado, al referir que después de la tómbola seguirá la lotería nacional. Si la tómbola reencendió los ánimos de juzgadores, la guasa prepotente caló más.

Si la suprema corte de justicia de la nación revierte el proceso legislativo de la reforma judicial, los políticos dirán que está en su contra. Visualizan al poder judicial como un partido político autónomo en lucha por mantenerse en el poder y por ello les resulta ilegítimo que la corte anule el pésimo proceso legislativo. El carro completo de la sobrerrepresentación legislativa permite modificar casi todo, como el sentido teleológico del consejo de la judicatura federal y evidenciar que los legisladores obedecen incluso sin consenso interno.

Carrera judicial, capacitación académica, administrativa y logística son conceptos y actividades sin importancia para futuros jueces. Sólo importa lograr la nominación y afinidad con las autoridades postulantes. Y cumplir al interés público.

La ley federal de los trabajadores al servicio del estado, la ley de amparo y, en los hechos, el consejo de la judicatura federal, han sido insuficientes para garantizar una debida defensa para los titulares judiciales destituidos. Este tema sin duda será motivo de análisis ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos a donde han acudido jueces y magistrados.

Si al final de la anterior administración autoridades del ejecutivo invocaban falta de competencia jurisdiccional para desobedecer resoluciones judiciales, el ejemplo del pleno del consejo de la judicatura federal marca el camino para la nueva administración: bastará que una autoridad argumente cualquier razón para deslegitimar una resolución judicial y no la obedecerá. El siguiente paso es que los particulares también desobedezcan razonadamente los mandatos judiciales.

Si en los hechos ya se eliminó la eficacia de resoluciones judiciales, apenas importaba la remoción de los juzgadores, porque de todos modos no serán obedecidos. Esta lógica política rompe la estructura de cualquier institución jurídica. Sin embargo, quedan los derechos laborales de esos jueces, que debían respetarse como los de cualquier trabajador.

Ante la inmovilidad judicial derivada del paro, el panorama para los usuarios del servicio de justicia es desalentador. Incluso han dejado de presentarse demandas. Se asume el desinterés de quienes ven cortado su proyecto de vida laboral por una causa no establecida cuando llegaron al cargo. Si el mérito en el desempeño ya no es tomado en cuenta para ser juez, poco sentido tiene mantener el esfuerzo realizado cuando sí importaba.

A pesar de la falta de pruebas sobre la supuesta corrupción que género la reforma judicial, se espera que los juzgadores que dejarán el cargo el año próximo actúen como si su labor fuera apreciada. Pura lógica política: si quienes estuvieron al día durante años comienzan a rezagar el trabajo, dirán los políticos que es prueba indirecta de la corrupción anunciada por el anterior presidente; si continúan en su esfuerzo que involucra trabajar a deshoras, enfrentar a delincuentes, lidiar con trabajadores judiciales no comprometidos, apenas servirá para algún comentario burlesco de esos legisladores que equiparan la tómbola judicial con la lotería nacional.

La atomización judicial interna (conflictos intersindicales, trabajadores sin sindicatos, jueces contra trabajadores, consejeros cuestionados, desinformación multireferente y otros) amplía de nuevo el paro. Incluso si la Corte Interamericana de Derechos Humanos revierte la reforma, el daño es irreversible.

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Sugerencias y colaboraciones: https://agendajudicialricardo guzmanwolffer.blogspot.com/

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