Ciudad de México. Luego de que un tribunal en materia administrativa declaró que la decisión de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) de testar información de más de 2 mil recomendaciones emitidas entre 1990 y 2015, viola el derecho a la verdad y el acceso a la información, este organismo defendió que su actuar fue para cumplir la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, por petición de las mismas víctimas.

En un pronunciamiento, arremetió contra el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) y las organizaciones que dieron a conocer la resolución del tribunal. Lamentó los “intentos de desinformación constantes que han abordado de manera poco ética”, en particular en este caso, “con la evidente y condenable intención de manipular a las víctimas y a la opinión pública en contra de la CNDH”.

Señaló que el Centro Prodh, “sin tomar en cuenta las razones de fondo ya expuestas de manera pública acerca de este caso, señala un grave intento de censura u ocultamiento de la verdad”, lo que -expuso- dista “de la realidad que hemos emitido en diversos instrumentos tales como Informes Especiales, Recomendaciones Generales, Recomendaciones Ordinarias, que abordan y reclaman que estos derechos sean garantizados a las víctimas y al pueblo de México”.

La CNDH enfatizó que “no niega ni ha negado la información de sus expedientes a víctimas y familiares”, ya que ellos son los dueños de su información y, como tal, disponen qué hacer con la misma.

Indicó que sus actuaciones tienen como objetivo procurar el derecho a la justicia, por lo que en la mayoría de los casos la información relacionada con los expedientes concluidos por recomendación y ésta misma forman parte de las investigaciones del ámbito jurisdiccional.

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