La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llamó al Estado mexicano a investigar con la debida diligencia y a sancionar a los responsables intelectuales y materiales del asesinato del padre Marcelo Pérez Pérez, el 20 de octubre pasado en San Cristóbal de las Casas, Chiapas.

Si bien tomó nota de la información brindada por el propio Estado de que la Fiscalía General del estado de Chiapas logró la detención del presunto autor material y de que la Fiscalía General de la República ha atraído el asunto al ámbito federal, así como del seguimiento que ha realizado la presidenta Claudia Sheinbaum sobre este crimen, pidió que en las diligencias se incorpore un enfoque que tenga en consideración el trabajo como defensor de derechos humanos del presbítero tsotsil, así como las amenazas y hostigamientos recibidos previo a su asesinato.

Asimismo, señaló que las líneas de investigación deben estimar el contexto de recrudecimiento de la violencia en Chiapas, que ha sido denunciado ante la CIDH.

Recordó que el padre Marcelo era beneficiario de medidas cautelares por la Comisión Interamericana desde el 2015, en las que solicitó al Estado, entre otros aspectos, adoptar las medidas necesarias para garantizar su vida, su integridad personal, y la posibilidad de realizar su labor de defensa libre de actos de violencia y hostigamientos.

Desde entonces, precisó, las partes informaron periódicamente a la CIDH sobre la implementación de estas medidas.

En un comunicado, reiteró que los actos de violencia y otros ataques contra las personas defensoras de derechos humanos no sólo afectan las garantías propias de todo ser humano, sino que atentan contra el papel fundamental que juegan en la sociedad, sumado al efecto amedrentador que generan estos actos respecto de otras personas defensoras de derechos humanos.

“Dichos actos perjudican además a todas aquellas personas para quienes trabajan, dejándoles en un estado de mayor vulnerabilidad, llegando incluso hasta la indefensión”, enfatizó.

Finalmente, la CIDH urgió a adoptar en forma inmediata todas las medidas necesarias a fin de implementar las presentes medidas cautelares y garantizar el derecho a la vida, la integridad y la seguridad de las demás personas beneficiarias.

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