Ciudad de México. La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó el retiro de contenidos de la página https://lopezobrador.org.mx relacionados con pronunciamientos del Presidente de la República emitidos durante su visita a Almoloya de Juárez, Estado de México, el pasado 10 de diciembre, considerados prohibidos por la norma electoral.
Lo anterior, derivado de una queja del PAN por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña, así como uso indebido de recursos públicos por la difusión de expresiones del mandatario en la página citada.
“El solicitante solicitó el dictado de medidas cautelares a efecto de que se vincule a la persona responsable de la publicación y contenido del sitio para que se abstenga de seguir realizando actos de promoción y difusión del voto en favor de los partidos en el gobierno”.
El proyecto elaborado por la Unidad Técnica de lo Contencioso del INE propuso declarar procedente la medida solicitada “ya que las expresiones del Presidente de la República difundidas en el citado dominio de internet tienen preliminarmente un contenido electoral prohibido por la norma y, como consecuencia, se ordena al Presidente de la República, vinculado al dominio de internet en resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, acate a Elizabeth Avila Vázquez como persona que realizó el refrendo del dominio, a Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros y Carlos Emiliano Calderón Mercado, personas que aparecen como administradores del dominio, ante la empresa que se realizó el registro del sitio de internet, que realicen los trámites y gestiones para eliminar o modificar la conferencia denunciada en el citado portal”.
Las expresiones en cuestión están relacionadas con el objetivo no solo de ganar la Presidencia sino también la mayoría en el Congreso.
Si bien hubo unanimidad de los tres consejeros que integran esta comisión, en cuanto a declarar procedente la solicitud de medidas cautelares, la consejera Rita Bell López señaló que “de los informes que rindió online solutions no se advierte que Andrés Manuel López Obrador tenga una relación directa con este dominio”.
En cambio, la consejera Claudia Zavala, presidenta de la Comisión, dijo que desde 2018 “nosotros tenemos una aceptación respecto de la vinculación que hay con el Presidente y esta página. Hoy tenemos que reforzar el contenido del artículo 134 en el que tenemos que ver que no haya ningún elemento que tengan que ver palabras que posicionen cuestiones electorales frente a la ciudadanía relacionada con esta contienda electoral”.
En cuanto al vínculo, aseguró, ya se ha dado como válido.
Improcedente en mensajes de Xóchitl
En otro asunto, un ciudadano denunció a Xóchitl Gálvez y al PAN, PRI y PRD por actos anticipados de campaña e incumplimiento a las reglas de propaganda derivado de la difusión de un video en las redes sociales en la que habría manifestaciones anticipadas frente a la elección del 2 de junio.
Ahí, los consejeros concluyeron que es improcedente ordenar el retiro de las publicaciones pues no se advierten propuestas de plataforma electoral sino expresiones genéricas amparadas por la libertad de expresión, por lo que está permitida su difusión en periodo de precampaña.
Más adelante también se declaró improcedente el retiro de un desplegado de gobernadores morenistas en apoyo a Claudia Sheinbaum, entonces precandidata presidencial de la coalición integrada por Morena, Partido del Trabajo y Verde, pues estos materiales ya no están disponibles en redes sociales.
En cuanto a Movimiento Ciudadano se resolvió no retirar materiales que supuestamente contienen propaganda en contra del frente opositor y su candidata presidencial Xóchitl Gálvez. “Las expresiones están amparadas en el ejercicio de libertad de expresión” y tampoco constituyen actos anticipados.
Pero sí se ordenó el retiro de mensajes en favor del precandidato presidencial único del partido naranja, Jorge Álvarez Máynez.
Los asuntos anteriores y otros resueltos en la sesión de hoy de la Comisión de Quejas serán analizados de fondo por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.