Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que el ministro Jorge Pardo está impedido para analizar y presentar un proyecto de sentencia sobre el recurso de la Fiscalía General de la República (FGR) contra el amparo concedido a Mario Aburto Martínez, el cual le permitiría obtener su libertad el próximo 23 de marzo.

Los integrantes de la Primera Sala concluyeron este miércoles que Pardo Rebolledo, cuando se desempeñó como juez federal en el Estado de México, revisó uno de los procesos penales en el cual se profundizó en investigaciones relacionadas con el magnicidio del candidato presidencial en 1994.

En agosto de 1996, el ahora ministro del máximo tribunal del país dictó sentencia absolutoria en favor de Othón Cortés Vázquez, acusado por el fiscal Pablo Chapa Bezanilla de ser el segundo tirador contra Colosio en Lomas Taurinas.

Con su decisión, Jorge Pardo también absolvió a Fernando de la Sota y Alejandro García Hinojosa, ex integrantes del equipo de seguridad de Colosio, quienes enfrentaban acusaciones por falsedad en declaración.

Con la decisión unánime de la Primera Sala, el recurso de revisión de la FGR tendrá que ser turnado a otro ministro o ministra para que elabore el proyecto de sentencia, el cual deberá presentar en las próximas semanas.

El 5 de octubre de 2023 el Primer Tribunal Colegiado Penal en el Estado de México ordenó aplicar a Aburto la pena por homicidio prevista en 1994 en el Código Penal de Baja California, que era de hasta treinta años, y no la del Código Penal Federal.

De ser confirmado este amparo, Mario Aburto deberá obtener su libertad el 23 de marzo, al cumplirse treinta años del magnicidio, sin embargo el asunto se podría retrasar mientras la SCJN no se pronuncie sobre el tema.

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